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domingo, mayo 29

La Dación en Pago Encarecería las Hipotecas en 150 Euros al Mes

Cuando hablamos de la actual crisis económica nos biene a la cabeza una palabra "dación en pago", y no podemos por más que referirnos a como esta crisis ha afectado a gran parte de la población, especialmente a aquella que mantiene una hipoteca con una entidad bancaria. Lo cierto es que aquellas facilidades para firmar hipotecas del pasado han dado lugar a aunténticas dificultades para hacer frente al pago de las mismas.



Y frente a esta situación resulta evidente que han aumentado los embargos judiciales de viviendas que acaban con la misma en poder de la entidad bancaria y con el deudor manteniendo aun gran parte de la deuda frente al banco y sin poder disfrutar de la vivienda, en lo que se convierte en el mantenimiento de una deuda por un bien que ya no es de su propiedad.


Ante esta situación son muchas las personas y organizaciones que están abogando por el establecimiento de la dación en pago para solventar estas situaciones. La dación en pago es el procedimiento por el cual, ante un caso de insolvencia e imposibilidad de hacer frente a los gastos de la hipoteca, el deudor entregaría la vivienda al banco, saldando de esta forma la deuda que mantiene con el mismo. 


Frente a esta idea son muchas también las voces que se han alzado para advertir de los efectos negativos que el establecimiento de un procedimiento de dación en pago podría generar tanto en las entidades como en el conjunto de la economía.


La primera de estas consecuencias tendría que ver con un aumento de la morosidad hipotecaria. Efectivamente, muchas familias que en la actualidad malviven para poder pagar su hipoteca se plantearían seriamente la posibilidad de acogerse a la dación en pago, empezando desde cero pero con la tranquilidad de no tener sobre sí la espada de una deuda hipotecaria.


Además este aumento de la morosidad variaría en función de si la dación en pago se estableciera o no con carácter retroactivo. En este caso se entiende que de aplicarse retroactivamente la morosidad aumentaría hasta cinco puntos porcentuales más que de aplicarse únicamente a las hipotecas firmadas con posterioridad a la entrada en vigor de la disposición que autorizara la dación en pago.


A esto se une la posibilidad de que se cree un amplio sector de clientes oportunistas que habiendo recibido una hipoteca con una elevada relación entre el crédito concedido y el valor de la vivienda, se plantearan seriamente la posibilidad de recurrir a la dación en pago si el valor del inmueble desciende significativamente sobre el total de la deuda pendiente.


Este hecho se podría producir con gran facilidad ya que, en la época de mayor boom inmobiliario, se has estado comercializando viviendas a precios desorbitados y que no respondían, en modo alguno, a una situación real. Actualmente con la creciente disminución en los precios de las viviendas muchos serían los que podrían plantearse seriamente el renunciar a seguir pagando.


Los bancos verían también aumentado un problema con el que ya vienen lidiando y este no es otro que el aumento de los bienes inmobiliarios en sus balances. Como decimos esta situación ya se está produciendo debido al gran número de embargos judiciales que se han efectuado en los últimos años. En este sentido la dación en pago no haría más que aumentar la incidencia de este hecho.


Por supuesto esto tendría un reflejo en el balance y concretamente en las necesidades de capital de los bancos que deberían realizar provisiones de dichos activos inmobiliarios hasta llegar a resultar un verdadero problema en las cuentas de las entidades bancarias.


Otra consecuencia del establecimiento de la dación en pago sería el aumento del precio de las nuevas hipotecas. Las previsiones de los expertos hablan de un aumento de más de dos puntos porcentuales en los tipos de interés que se aplicarían a las nuevas hipotecas. Esto supondría un aumento de hasta 150 euros en las cuotas mensuales de una hipoteca media.


A todo esto unamosle las dificultades y requisitos que pondrían las entidades a la hora de aprobar una hipoteca. Se entiende que la aprobación de la dación en pago haría caer las concesiones de nuevas hipotecas hasta en un 40%.


Todo esto unido a que la banca tendría que deshacerse de forma rápida de los inmuebles que tiene en cartera, rebajando de esta forma el mercado inmobiliario y quedando este a expensas de la intervención de determinados clientes oportunistas.


Con todas estas variables, los expertos consideran que la aplicación de la dación en pago, especialmente si esta se hace con efectos retroactivos, puede provocar incluso subidas de la prima de riesgo española, consiguiendo que al final, el número de ciudadanos perjudicados por este procedimiento fuera mayor que el de beneficiados.

jueves, mayo 26

Subasta de Coches - Ferrari 500 Testa Rossa Cuatro Cilindros de 1957

En el mundo de las subastas de coches hay ocasiones en las que podemos encontrar coches que tienen un significado especial y cuyo precio va más allá de la pertenencia de un vehículo para entrar en el campo del lujo y el coleccionismo. Es el caso de determinadas subastas que, en ocasiones, sacan a la puja vehículos que son objeto de un especial deseo por parte de los coleccionistas.



Existen en este sentido casas de subastas que son auténticas especialistas en poner este tipo de unidades al alcance de aquellas personas que se lo puedan permitir. Por ejemplo la casa RM Auctions es una de las más incisivas en este sector. En una de sus últimas subastas puso al alcance de aquellos interesados todo un Ferrari 500 TRC de 1957. 


Este Vehículo tiene la particularidad de estar propulsado por cuatro cilindros y en su día fue el último modelo de carreras con esta configuración. El diseño de este vehículo corrió a cargo de Aurelio Lampredi con el objetivo de que compitiera en la Fórmula 2, amén de en diferentes carreras de prototipos. Hasta cinco veces participó este modelo enla Targa Florio.


Y si todo lo anterior no resulta suficientemente atractivo, cabe destacar que tan sólo se construyeron 19 unidades de este modelo, de las cuales la que saca a subastas RM Auctions es la que ocupa el sexto lugar. Como vemos todo un ejemplo en cuanto a lujo y exclusividad se refiere que, según los expertos, podría llegar a alcanzar en la substa la cifra de hasta 3,3 millones de euros.

domingo, mayo 22

Servihabitat - La Caixa, Pisos e Inmuebles en la Costa desde 60.000€

Servihabitat, el portal inmobiliario de La Caixa ha lanzado una nueva iniciativa para llamar la atención masiva del publico , anunciando de una forma diferente la venta de inmuebles en las zonas de costa , que no son ni mas ni menos que inmuebles que conforman su tremendo stock de pisos que tienen repartidos por toda la geografía nacional.

Con esta nueva iniciativa logran llamar la atención de cara a la próxima época vacacional, y aunar en un mismo campo de búsqueda únicamente los inmuebles situados en zona de playa, lo cual es de agradecer para los interesados que vayan buscando este producto.

También es interesante la opción que mantienen igual que en el portal Servihabitat , en el que el cliente puede proponer el precio que le parezca mas adecuado al piso que le interese, y solo queda esperar la decisión de La Caixa.
En definitiva una innovadora idea que como ya ha hecho en su portal Caja Madrid, demuestran que se encuentran en una época y mercado en la que innovar o morir.

En este vídeo se muestra el nuevo producto "Tu pones el Precio" de Servihabitat la caixa.

En el siguiente vídeo se muestra una espectacular promoción que dispone a la venta entidad.

video: ServihabitatTV

http://www.servihabitat.com

Subasta de Coches y Diversos Bienes, Agencia Tributaria (Aduanas)

La sección de aduanas e impuestos especiales de la agencia tributaria ha convocado subasta publica para el mes de junio de un total de 52 lotes de la mas diversa tipología entra la que se encuentran coches, motocicletas, furgones, camiones, materias primas para construcción o industrial, productos decoración e incluso joyas.


Los datos relativos a la subasta son los siguientes: El día y lugar de la celebración será el 15 de junio de 2011, a las 10.00 horas, en el salón de actos de la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sito en la avenida de Andalucía, número 1, planta 3.ª, de Málaga.

Los bienes se encuentran depositados y disponibles para ser examinados durante los diez días hábiles anteriores a la celebración de la subasta, en horario de 9.00 a 14.00 horas.


http://www.agenciatributaria.es/

miércoles, mayo 4

Cómo Recuperar tu Dinero en las Subastas Judiciales de Bienes Embargados


En el mundo de las subastas encontramos dos tipos principalmente: las subastas privadas y las subastas judiciales. Mientras que las primeras son promovidas por particulares o empresas que quieren dar salida a determinados efectos para conseguir liquidez, las judiciales son promovidas por la unidad de subastas de los juzgados.

Las subastas judiciales son las que sacan a puja bienes embargados a personas o empresas deudoras, con el objetivo de conseguir la liquidez necesaria para abonar a los acreedores la deuda. Como hemos dicho anteriormente es la unidad de subastas de los juzgados la que realiza éstas subastas.

La procedencia de los bienes en este tipo de subastas es siempre el embargo judicial y los bienes que se pueden subastar pueden ser tanto muebles como inmuebles. En cada caso variarán determinadas condiciones de las que marca la ley para las subastas judiciales.

Cabe recordar que las subastas judiciales se rigen por la Ley de Enjuiciamiento Civil que es la que ofrece el marco reglamentario bajo el que se amparan las subastas de bienes y derechos embargados judicialmente. Estos bienes que antes dividíamos en muebles e inmuebles se concretan, en el primero de los casos en maquinaria, muebles, obras de arte, etc. En el caso de los inmuebles hablamos de pisos, chalets, oficinas y locales comerciales, entre otros.

La Ley de Enjuiciamiento Civil establece unas condiciones para poder participar en una subasta judicial y que persiguen salvaguardar los derechos tanto del deudor que ve sus bienes sacados a subasta como de los interesados en participar en la misma. Así la primera de estas condiciones consiste en identificarse de forma suficiente, esto incluye la identificación de un tercero cuando se actúa en representación del mismo.

La segunda condición para participar en una subasta judicial es declarar que se conocen las condiciones generales y particulares de la subasta. De este modo se evitan conflictos que puedan generarse tras la celebración de la misma, al sentir un interesado que haya adquirido un bien que no tenía toda la información necesaria y que esa falta de información le ha generado mayores gastos de los que pensaba en la adquisición del mismo.

Por último es condición indispensable para poder participar en una subasta judicial el haber realizado el depósito correspondiente en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones del juzgado. Este depósito se puede depositar en metálico o bien se puede presentar un aval bancario. El importe del depósito variará en función de si nos interesamos por bienes mobiliarios o inmobiliarios.
En el caso de los mobiliarios el depósito asciende al 20% del valor de salida de los bienes en subasta, mientras que en el caso de los bienes inmobiliarios, dicho depósito se eleva hasta el 30% del valor de tasación de los mismos.

Una característica importante a tener en cuenta si queremos participar en una subasta judicial es que el acreedor también puede participar en la misma y que, además, contará con cierta ventaja frente al resto de participantes, en función de si se subastan bienes muebles e inmuebles. Independientemente del tipo de bien subastado, la primera de las ventajas con las que cuenta el acreedor es que no tiene obligación de depositar la fianza para poder pujar.

Como hemos dicho existen diferencias a la hora de subastar judicialmente bienes muebles o inmuebles. Comenzando por los primeros nos vamos a detener, en primer lugar, en la forma de pujar. Podemos encontrar, en este sentido, dos modalidades, la que permite pujar por escrito, en sobre cerrado, que será abierto al inicio de cada subasta; o bien la que permite personarnos en el juzgado para hacer las pujas de forma oral.
Evidentemente el procedimiento de adjudicación de los bienes es común a cualquier tipo de subasta y serán adjudicados a aquel postor que ofrezca la mayor cantidad por el bien subastado. No obstante conviene fijarse en la cantidad del 50% del valor de tasación porque da una referencia a la hora de la subasta.
Efectivamente si en el momento de la subasta existe una puja por encima del 50% del valor de tasación del bien o bienes subastados y siempre que no exista una puja mayor, el juez procederá a aprobar la adjudicación en lo que llamaríamos el remate.
En ese momento el interesado tendrá diez días para pagar la diferencia entre el precio de venta y el depósito efectuado.

Como decíamos, el acreedor también puede participar en la subasta y en su caso, si es él quien ofrece la puja mayor y termina haciéndose con el bien subastado, pueden darse dos circunstancias. La primera de ellas es que con la puja realizada se cubran las deudas que se mantienen con el acreedor o incluso qu se supere esa cantidad. En este caso la deuda queda saldada y si la cantidad pagada por el acreedor es superior a la deuda, la diferencia se le abonará al deudor.

En el caso de que la puja ganadora realizada por el acreedor no llegue a cubrir la totalidad de la deuda, se entiende que el deudor sigue manteniendo con el acreedor una deuda por la diferencia. Por ejemplo si se subasta un equipo informático cuyo 50% de valor de tasación asciende a 1.000 euros, para cubrir una deuda que asciende a 1.200 euros, y lo adquiere el acreedor, existiría una diferencia a favor del mismo de 200 euros que se contabilizará como deuda que aun se mantiene.

En todo momento estamos hablando de pujas que superan el 50% del valor del bien subastado, pero qué ocurre cuando la puja mayor no supera dicho valor. Cuando ocurre esto, el mecanismo de las subastas judiciales permite al deudor que presente a un tercero para que éste haga una oferta por encima del 50% del valor de tasación. Para ello dispondrá de un plazo de 10 días. También se da la posibilidad de presentar una oferta por debajo de dicho 50% siempre y cuando la cantidad sea suficiente para cubrir la deuda.

En el caso de que transcurrido esos diez días el deudor no presente a ningún tercero, el acreedor puede quedarse el bien por la mitad de su valor o por el total de la deuda. En caso de que ni deudor ni acreedor ejerzan ese derecho, el bien se adjudicará al mejor postor con el único requisito de que su oferta sea superior al 30% del valor del bien.

Ese 30% por el que se puede adjudicar el bien el interesado en caso de que ni deudor ni acreedor ejerzan sus derechos sobre el mismo, puede llegar a ser menor, siempre y cuando la cantidad sirva para cubrir la deuda y las costas. Cuando no se da ninguna de estas condiciones será el juzgado el que decida si se aprueba o no la puja.

El último paso de todo el proceso viene cuando el juez no aprueba la adjudicación por debajo del 30%. En este caso es el acreedor el que puede reclamar la adjudicación del bien por el 30% del valor de tasación. Si tras un plazo de veinte días el acreedor no ejerciera esa opción, el juez ordenará el levantamiento del embargo del bien.
En cuanto a las subastas judiciales de inmuebles la primera característica tiene que ver con el valor de tasación ya que para el establecimiento del mismo se restará las cargas y derechos que tenga. Si el valor resultante es menor que el de las cargas, se procederá a levantar el embargo del bien.
En caso contrario se iniciará el procedimiento de subasta en el que hay que tener en cuenta que el procedimiento es similar al de las subastas de bienes muebles pero que, en este caso, el primer porcentaje de referencia no asciende al 50% sino al 70%. Ese es el porcentaje sobre la tasación que marca el remate o no del inmueble. 

En caso de ofertas por debajo de ese porcentaje se actuará, en todo caso, como ocurría con los bienes muebles aunque en este caso el siguiente tramo de porcentaje para la adjudicación del bien no es el 30% sino el 50%. Esto se aplicará para los casos de pujas inferiores al 70% y siempre que el deudor no presente a un tercero ni el acreedor se adjudique el bien por esa cantidad.

Entre todo este maremagnum que pueden significar las subastas judiciales, la administración ha hecho un esfuerzo para simplificar el procedimientos y hacerlo más transparente. Para ello una de las mejores iniciativas tiene que ver con la posibilidad de celebrar subastas online.


Este tipo de subastas que se realizan en la web del Ministerio de Justicia, concretamente en su Portal de Subastas Judiciales, funciona como punto único de información en materia de este tipo de subastas así como forma de efectuar un seguimiento a las diferentes subastas que se van realizando.

Para poder participar en una subasta a través de la web del Portal de Subastas del Ministerio de Justicia es necesario registrarse como usuario con un certificado digital, o registrarse en persona en una de las unidades de subastas adheridas a este sistema. 

Gracias a este método se consigue mayor transparencia y minimizar el impacto de los llamados subasteros que tenían la fama de mover a su antojo el desarrollo de las subastas incluso con el consentimiento de las autoridades pertinentes. Para participar en estas subastas electrónicas también es necesario realizar el depósito o presentar el aval.

domingo, mayo 1

Cinco Consejos para Participar en Subastas de Coches Embargados

El mercado de las subastas de coches y la popularización de las mismas a través de internet, han hecho que cada vez sean más las personas que se interesen por adquirir determinados bienes a través de estos procedimientos, pagando por ellos un precio significativamente menor del que encontramos en el mercado.


Aunque muchas personas desisten de un interés inicial debido a la falta de información y a cierto temor a entrar en un mundo que tradicionalmente se veía como oscuro y reservado a unos pocos, lo cierto es que los bienes y precios que podemos encontrar en dichas subastas hacen que merezca la pena informarse e intentar participar en ellas.

En el caso concreto de las subastas de coches, es una gran oportunidad, tanto para particulares como para empresas, para poder adquirir a precios muy competitivos vehículos individuales o flotas de vehículos.

Debemos tener en cuenta que las subastas de vehículos pueden ser de tipo judicial por embargo o bien directamente de particulares que pretenden así mejorar su liquidez.

El primer consejo para participar en una subasta de vehículos es tener claro que contamos con el crédito suficiente para hacer frente al pago del mismo si nuestra puja resulta la ganadora.

Normalmente los vehículos se muestran en exposición antes de realizar la subasta así que conviene realizar una inspección lo más minuciosa posible de los mismos antes de pujar por ellos.

Una vez pasado el tiempo de exposición de los vehículos, tendrá lugar la subasta, en la que podremos participar de forma presencial o bien por internet, en aquellas que permitan dicha modalidad. Estas subastas pueden estar promovidas por organismos públicos, derivados de embargos judiciales, como por entidades privadas.

En ambos casos conviene tener en cuenta que cuando adquirimos un bien en subasta judicial, adquirimos también sus cargas. Este es un aspecto muy importante a tener en cuenta ya que puede que estemos adquiriendo un vehículo por un precio que consideramos muy interesante y que luego esté cargado por determinados impuestos, canones o deudas, que lo hagan menos económico de lo que creímos en un principio.

En cuanto a las subastas de vehículos privadas, podemos encontrar en la red varias empresas especializadas y que las celebran con asiduidad. Así, por ejemplo, Autorola (http://www.autorola.es) pone en contacto a personas que quieren subastar su vehículo con interesados en adquirir uno. Incluye también un catálogo a disposición de los compradores.

BCA-Europe (http://www.bca-europe.com) es otro ejemplo de este tipo de empresas de subastas de vehículos por internet. En este caso se trata de una empresa que mantiene un papel muy destacado en este mercado en el conjunto de Europa.
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