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Mostrando entradas con la etiqueta Subastas Seguridad Social. Mostrar todas las entradas
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viernes, noviembre 29

"Adjudicados" Reportaje Aragón Televisión sobre las Subastas


Aragón Televisión emite dentro de su espacio "unidad móvil" un interesante y elaborado reportaje dedicado al mundo de las subastas con el título "Adjudicados".

En el programa se muestran como se celebran diversas subastas, en las que los reporteros son acompañados por varias personas familiarizadas con las subastas o con interés por algún bien en concreto.

Se muestra desde una subasta de maquinaria de obras y agrícola en Ocaña (Toledo), hasta las celebradas por el Ayuntamiento de Zaragoza, el Gobiernode Aragón o la Seguridad Social , donde se puede apreciar el elevado volumen de bienes de todo tipo entre los que se encuentran pisos, locales, solares, coches, furgonetas y un largo etcétera, que se subastan constantemente en la comunidad autónoma de Aragón.

viernes, junio 14

Comando Actualidad muestra las Subastas Públicas

Comando actualidad abordó en su ultimo programa un especial sobre el mundo de las subastas, mostrándonos diversos sistemas de subastas tanto las realizadas por administraciones publicas como las realizadas por empresas privadas.

El el reportaje que se divide en varias secciones en las que tratan diferentes sistemas de subasta, se nos muestra como se desarrolla in situ una subasta de la Tesorería General de la Seguridad Social, en la que podemos ver la grandísima variedad de bienes de todo tipo a subastar, las subastas en los juzgados en las que podremos observar la soledad de las subastas inmobiliarias y el gran éxito de las subastas privadas de coches y otros vehículos.

domingo, noviembre 20

La Seguridad Social cambia las Subastas por la Venta Directa


Que la crisis económica está afectando gravemente a la Administración Pública es algo que es notorio. En ese sentido los esfuerzos por parte de sus regidores para conseguir paliar el déficit que amenaza a muchas de ellas es ingente.


En el caso concreto de la Seguridad Social, los numeros rojos comienzan a asomar a los balances de situación de la misma y eso, provoca un miedo atroz entre los responsables ya que de ella dependen una serie de prestaciones sociales que forman la base de la estabilidad del país.


Con el objetivo de recaudar mayor cantidad de dinero y de la forma más rápida, el Gobierno a aprobado un Real Decreto que va a permitir a la Seguridad Social cambiar la forma de deshacerse de aquellos bienes embargados a empresas por deudas con la misma.


Lo que hasta ahora dependía de que se iniciaran procedimientos de subastas judiciales, cambia a partir de la aprobación del Real Decreto para pasar a dar la posibilidad a la Seguridad Social de vender de forma directa o a través de consurso dichos bienes.


Con este sistema se conseguirían un buen número de ventajas, comenzando por la posibilidad de devolver a la actividad económica los bienes embargados de la forma más rápida posible. Asimismo se evita que dichos bienes permanezcan en depósito en los almacenes de la Seguridad Social durante largos periodos de tiempo, incluso de forma indefinida.


Por otro lado al reducir los tiempos de espera para deshacerse de los bienes, la repercusión económica de la venta de los mismos en las cuentas de la Seguridad Social es también más rápida. Dotando al organismo de una mayor capacidad de actuación.


El Real Decreto no se detiene solo en el aspecto de las subastas judiciales de bienes embargados, sino que también contempla medidas de ahorro en los procedimientos de recaudación y relación con el contribuyente, intentando ahorrar en la medida de lo posible los costes en papel.

miércoles, abril 13

SubastasUnicas.es - Profesionales en Subastas Públicas


En el mundo de las subastas la posibilidad de participar en las mismas a través de internet a supuesto toda una revolución que busca permitir la participación en las mismas del mayor número de personas, evitando la imagen de círculo cerrado y un tanto oscuro que mantenían.

Pero a pesar de tener esa posibilidad, lo cierto es que las dificultades derivadas de la compleja mezcla de leyes civiles e hipotecarias que pueden afectar, por ejemplo, a las subastas de pisos, hacen que muchas personas aun sean reticentes a participar en las mismas.


En este sentido surgen cada vez más iniciativas a través de internet que pretenden ofrecer servicios de asesoramiento profesional para todas aquellas personas que se plantean la posibilidad de participar en subastas de cualquier tipo, judiciales o de administraciones.

Normalmente estas webs ofrecen dos servicios, uno de representación en la subasta, por el que pagaremos una comisión por operación realizada; y otro de enseñanza de determinados conocimientos que nos deben preparar para enfrentarnos a una subasta.
De entre todas las webs que tenemos a nuestra disposición, queremos destacar hoy el sitio denominado "subastas únicas" (http://www.subastasunicas.es). El principal factor diferenciador de esta web con respecto a otras es que ofrece enlaces para que el interesado pueda, de forma gratuita, buscar la información que le interesa para participar en una subasta.

Una vez encontrada dicha información sería el momento de ponerse en contacto con la web para que los expertos de la misma iniciaran el proceso de asesoramiento. Este proceso incluye todos los pasos que el interesado debe realizar, así como todos los aspectos que deberá tener en cuenta en lo que respecta a derechos y obligaciones.

El objetivo final de la web de "subastas únicas" es dotar al interesado de toda la información y todas las herramientas necesarias para que pueda participar en una subasta de forma eficiente y con mayores probabilidades de éxito.

En este sentido la información se concretará al tipo de subasta que al que quiera dirigirse el interesado. Así podremos recibir información para poder participar con éxito en subasta judiciales, subastas públicas de Seguridad Social o Agencia Tributaria, etc. 

Todo esto se hará intentando evitar en la medida de lo posible referencias a reglamentos y artículos que puedan resultar inteligibles para los interesados. En caso de no poder evitar dichas referencias, se harán con un lenguaje sencillo que permita al interesado comprender completamente el alcance de la normativa que le afecta.

http://subastasunicas.es/

miércoles, diciembre 15

Comando Actualidad -Grandes Facilidades- (Reportaje Crisis Inmobiliaria, Subastas, Embargos..)



Dicen que una imagen vale más que mil palabras y ese es el efecto que transmitió el interesante reportaje emitido por la primera de Televisión Española, dentro de su espacio "Comando Actualidad" y que nos arrojó a la cara toda la cruda realidad del mercado inmobiliario. 

Detrás de las múltiples ofertas bancarias que nos invitan a adquirir una vivienda en unas condiciones de financiación inmejorables, se enconde la cruda realidad de un mercado inmobiliario de más de cien mil pisos vacíos, muchos de ellos como consecuencia de embargos. 

Y es que en este sentido ni las ayudas de los bancos ni los beneficios fiscales para la compra de la vivienda pueden ocultar el gran drama inmobiliario de nuestro país, con un parque inmobiliario deshabitado enorme y con muchas personas pasando verdaderas dificultades para hacer frente al pago de una hipoteca.

Los bancos se han convertido así en poseederos de gran parte del mercado inmobiliario de viviendas deshabitadas de nuestro país. Esto es consecuencia de una doble vertiente, por un lado las viviendas que vuelven a poder de los bancos al no poder sus propietarios hacer frente a la hipoteca.

Por otro lado muchas entidades han promovido actividades inmobiliaria que, finalmente, no han podido ser vendidas al verse castigadas por el principio de la crisis y la retraída por parte del consumidor para lanzarse a la compra de una vivienda.

El reportaje se puede ver online en la web de televisión española: http://www.rtve.es

jueves, mayo 24

Como Participar en Subasta de la Seguridad Social

¿Quiénes pueden participar?

Con excepción del personal de la Unidad de Recaudación Ejecutiva, de los tasadores, de los depositarios, de los bienes y de los funcionarios directamente implicados en el procedimiento de apremio, cualquier persona, por sí por medio de representante, que posea la capacidad de obrar con arreglo a derecho y no esté incursa en las excepciones e incompatibilidades que marcan las leyes.


Requisitos:

  1. Identificarse debidamente, bastando la simple exhibición en el acto público o incluyendo en el sobre cerrado copia del Documento Nacional de Identidad o, tratándose de extranjeros, del pasaporte, del título de viaje o de otro documento que acredite su identidad . Asimismo, acreditación de la representación con que, en su caso, se actúe.
  2. "Consignar el 25 por 100 del precio de salida (tipo de subasta) del bien por el que se desee pujar, mediante cheque certificado, visado o conformado por el librado y a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, que se acompañará a la postura que se realice en sobre cerrado, o del 30 por 100 de dicho precio si la postura es verbal en el acto público de la celebración de la subasta ".
  3. En el resguardo justificativo de la consignación o del depósito es necesario que conste, a efectos de posibles adjudicaciones, la hora y el minuto en que se haya realizado dicha entrega así como el número de orden que le haya correspondido.



Cuestiones de interés a tener en cuenta:

  1. Por tipo de enajenación se entiende el precio de salida del bien, una vez descontadas las cargas anteriores y preferentes al derecho de la Tesorería General de la Seguridad Social debidamente inscritas en el correspondiente Registro público, sean o no conocidas por aquélla.
  2. Las cargas o gravámenes de los bienes que se subasten, siempre que sean anteriores y preferentes al derecho anotado de la Tesorería General de la Seguridad Social, han de quedar subsistentes, no pudiendo, en consecuencia, el adjudicatario, en las cuales se subroga, aplicar a su extinción el precio del remate.
  3. Los licitadores podrán presentar ofertas en sobre cerrado desde la convocatoria hasta día hábil inmediatamente anterior a la celebración de la subasta , formalizándose ante la Dirección Provincial donde vaya a ser subastado el bien o bienes de que se trate, que sólo serán válidas cuando se realice, además, el depósito a ellas relativo, acompañando al sobre que contenga la oferta otro cerrado en el que incluya su correspondiente depósito del 25% de su valor, indicando en el mismo el bien o, en su caso, el lote o lotes a que esté referido.
  4. En el acto de la subasta, con carácter previo a la apertura de los sobres, la Presidencia convocará a los licitadores para que formulen de viva voz posturas superiores al 75 por ciento del tipo de tasación. Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas , de al menos, el 2 por ciento del tipo de subasta.
  5. Si no se realizan posturas verbales, el secretario de la mesa, expondrá en voz alta las posturas realizadas por escrito, y en las adjudicación se observarán las siguientes reglas:
    a) Se aprobará el remate a favor de la mejor postura, si supera el 60 por ciento del tipo de subasta o siendo inferior si cubre al menos el importe de la deuda.
    b) De igual forma, si la postura es inferior al 60 por ciento y no cubre la deuda, siempre que supere al menos el 25 por ciento del tipo de subasta, mediante resolución motivada del Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social.
    c) En caso de coincidir varias ofertas como mejor postura, se dará preferencia en la adjudicación a la registrada en primer lugar.
    d) Si la mejor postura fuera inferior al 75 por ciento del tipo de subasta y no cubriese el importe de la deuda, el deudor podrá presentar a un tercero que la mejore al menos hasta dicho límite y que acredite el ingreso del importe ofrecido en el plazo de tres días hábiles, en cuyo caso se aprobará el remate a favor de tercero
    Los bienes que no resulten adjudicados o aquellos que siéndolo no se hubiera completado el precio de remete, podrán ser objeto de una segunda subasta a celebrar en las mismas condiciones de la primera.
  6. Concluido el acto, el Secretario de la Mesa procederá a devolver los depósitos que se hubieren constituido, conservando los presentados por los adjudicatarios, a quienes prevendrá para que ingresen la diferencia hasta el precio de adjudicación en el plazo de los cinco días hábiles siguientes.
  7. El adjudicatario que no completase el pago en dicho plazo, por los medios establecidos en el anuncio de subasta , perderá el importe del depósito y quedará obligado a resarcir a la Tesorería General de la Seguridad Social de los mayores perjuicios que del incumplimiento se deriven.
  8. Los adjudicatarios deberán conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros. De no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación tendrá eficacia inmatriculadora en los términos previstos en el artículo 199 b) de la Ley Hipotecaria; en los demás casos en que sea preciso habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de la misma Ley.
  9. El adjudicatario podrá ceder su derecho a un tercero que no incurra en prohibición de licitar compareciendo ambos en la dirección provincial en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la subasta, acreditando el pago del precio de adjudicación.
  10. La subasta se suspenderá si antes de la adjudicación definitiva de los bienes, el deudor abona la totalidad de la deuda.
  11. La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social podrá hacer uso del derecho de tanteo, con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación, en el plazo máximo de treinta días.

martes, mayo 1

Subastas Tesorería General de la Seguridad Social

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) es el organismo encargado de la recaudación de todos los recursos de la Seguridad Social, tanto en período voluntario como en vía ejecutiva, pudiendo apremiar el patrimonio del deudor.
A tal efecto, está facultada por la Ley para embargar sus bienes y venderlos en pública subasta para, con el fruto de la enajenación, cobrarse la deuda pendiente y saldar el débito perseguido a la administración.
Como en los demás organismos oficiales es importante conocer como participar en subasta de la seguridad social, ya que dispone de su propia normativa que difiere de las subastas de otras administraciones públicas.

http://www.seg-social.es/
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